FISCALIZACION

La fiscalización es la facultad constitucional y estatutaria que tiene la Asamblea Regional del Gran Chaco para ejercer control, seguimiento, evaluación e investigación de la gestión del Órgano Ejecutivo Regional del Gran Chaco y sus entidades públicas, como las entidades privadas o mixtas que administren recursos públicos de la Región del Gran Chaco Tarijeño.

AMBITO DE APLICACIÓN

  • Es de aplicación en el ámbito de la jurisdicción del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco.
  • Es de cumplimiento obligatorio para el Órgano Ejecutivo Regional y sus entidades públicas, como las entidades privadas o mixtas que administren recursos públicos de la Región del Gran Chaco Tarijeño.

CLASES DE FISCALIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO

FISCALIZACIÓN A DOCUMENTACIÓN

Remisión de Documentación. El Órgano Ejecutivo Regional, con carácter obligatorio de forma trimestral remitirá toda documentación e información de respaldo de la planificación, ejecución y cumplimiento a la Asamblea Regional del Gran Chaco a efectos de fiscalizar, por Ejemplo, las siguientes actividades en ejecución: PTDI, POA, Empresas Regionales Entre otros…

Remisión de Documentación en Relación a la Inversión Pública. El Órgano Ejecutivo Regional remitirá a efecto de fiscalización a la Asamblea Regional del Gran Chaco, la documentación respecto a la inversión pública, por Ejemplo, en los siguientes casos: Todo el reporte del Sistema de Seguimiento a la Inversión Pública, Reporte trimestral del Programa Anual de Contrataciones PAC, entre otros.

Informe Sobre Procesos Judiciales y Plazo. Se remitirá a la Asamblea Regional del Gran Chaco de manera semestral, un informe sobre el estado actual de los procesos judiciales en los que se constituya parte procesal el Órgano Ejecutivo Regional, a efectos de tomar conocimiento sobre los mismos.

Remisión de Documentación de Empresas Públicas, Privadas o Mixtas Regionales. Las Empresas Públicas, Privadas o Mixtas Regionales con carácter obligatorio de forma trimestral, remitirán toda documentación e información de respaldo de la planificación, ejecución y cumplimiento a la Asamblea Regional del Gran Chaco a efectos de fiscalizar las siguientes actividades en ejecución:

  1. Plan Estratégico Institucional.
  2. Programa Operativo Anual (POA) Institucional.
  3. Presupuesto Institucional
  4. Los reformulados y modificaciones presupuestarias

Sin perjuicio de lo referido la información para fiscalización se podrá ampliar a todos los actos administrativos efectuados.

FISCALIZACION PROGRAMADA

La fiscalización programada es la inspección in situ, con conocimiento previo de la autoridad correspondiente, que realiza la Asamblea Regional del Gran Chaco de manera habitual, periódica y en base a una planificación previa que establezca un cronograma de trabajo a través de las actividades e instrumentos de fiscalización, la misma que podrá ser realizada por las Comisiones o de manera individual o colectiva, por los Asambleístas Regionales, con conocimiento del pleno.

FISCALIZACION NO PROGRAMADA

La fiscalización no programada es aquella que emerge de una denuncia ante la Asamblea Regional del Gran Chaco, comprenden la inspección in situ de los actos denunciados con el objetivo de obtener información, datos y pruebas dentro de los límites que establece la ley. El o los Asambleístas podrán requerir la asistencia técnica, si se considerare necesaria. Lo que no limitara el accionar del o los Asambleístas Regionales.

La prueba obtenida deberá ser puesta a disposición del ministerio público cuando corresponda.

FISCALIZACIÓN ADMINISTRATIVA

De forma colectiva o individual, las Comisiones, la o el Asambleísta Regional, en cumplimiento a sus facultades de fiscalización, podrán realizar la fiscalización administrativa institucional consistente en la verificación documental y de la estructura organizacional, de las diferentes unidades del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco que prestan servicios a la ciudadanía de la Región, a efecto de observar su funcionamiento y el trabajo que desarrollan, en procura de garantizar

INSPECCIONES Y TRABAJO DE CAMPO

INSPECCIONES Y TRABAJO DE CAMPO

Es la acción de verificación en el lugar donde se encuentra ubicado el proyecto, programa o actividad, para llevar a cabo la fiscalización por la Comisión y los Asambleístas Regionales, considerando las siguientes acciones de carácter enunciativo y no así limitativo, en cada una de las etapas.

 

LAS MINUTAS DE COMUNICACIÓN

La Minuta de Comunicación es la expresión institucional de la Asamblea Regional del Gran Chaco, recomendaciones o remisiones de informes de fiscalización para su cumplimiento obligatorio, dirigidas al Órgano Ejecutivo Regional y entidades públicas, privadas o mixtas, emergentes del ejercicio de la atribución de fiscalización.

MESAS TÉCNICAS

Las Mesas Técnicas, son espacios conformados por equipos técnicos de trabajo de la Asamblea Regional del Gran Chaco, encargados de recibir toda la información documentada a ser presentada por la institución fiscalizada, mediante técnicas expositivas y de demostración, mismas que serán instaladas a solicitud del Pleno de la Asamblea Regional del Gran Chaco, comisiones o un asambleísta de manera individual, esta información debe ser analizada cuantitativa y cualitativamente para su interpretación, cuestionamiento, explicación, discusión y propuesta de alternativas.

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